Emisión de permisos de Funcionamiento

El permiso de funcionamiento emitido por el Cuerpo de Bomberos es obligatorio según el Artículo 349 del reglamento de prevención. Este permiso tiene una vigencia de un año calendario y es crucial para garantizar la seguridad, previniendo incendios en los establecimientos. Al cumplir y renovar anualmente se los estándares de seguridad necesarios para proteger a quienes trabajan o visitan el lugar.
REQUISITOS PARA EL LOCAL
- Extintor
- Luces de emergencia
- Señalización Salida y números de emergencia
DOCUMENTOS HABILITANTES
- Copia de Cedula.
- Copia de RUC actualizado
- Copia del pago del predio
- Copia del pago del permiso de Funcionamiento del año anterior



